El amparo se turnará a otro ministro o ministra para replantear la propuesta, la Primera Sala asegura no estar en contra de los derechos de las mujeres.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió desechar el proyecto de sentencia que ordenaba al Congreso veracruzano reformar los artículos 149, 150 y 154 del Código Penal local que criminaliza el aborto en la entidad y restringe el acceso de las mujeres a la vida digna, la salud, la autodeterminación, la igualdad y la no discriminación.
La propuesta de Amparo 636/2019 del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá fue rechazada cuatro votos a uno por sus colegas Margarita Ríos-Farjat, Jorge Pardo Rebolledo, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Lucía Piña Hernández, quienes argumentaron contra el concepto de “omisión legislativa”, razón por la que el amparo será turnado a otro ministro o ministra para elaborar una propuesta distinta.
A pesar de que los integrantes de la Primera Sala decidieron desechar el proyecto, fueron enfáticos en señalar que las razones versaban sobre la forma del proyecto y no el fondo. Es decir, debido a errores en el procedimiento o la técnica jurídica y “de ninguna manera” en contra del aborto o los derechos de las mujeres, o de la necesidad de modificar los marcos normativos para eliminar la criminalización contra las mujeres que abortan.
Las razones por las que las y los ministros votaron en contra:
Yo no me voy a pronunciar en cuanto al fondo de la inconstitucionalidad de las normas que establecen esas causales, sino voy a ir exactamente en contra del proyecto por el tratamiento que se le da.
– Ministra Norma Lucía Piña Hernández
Este proyecto tiene un problema de técnica jurídica que, desafortunadamente, me impide pronunciarme respecto al fondo del asunto.
– Ministra Ana Margarita Ríos Fajar
Con consideraciones muy similares que ya no voy a repetir, yo también estaría en contra del proyecto.
– Ministro Gutierrez Ortiz Mena
En ese sentido, además de manifestar que su resolución y proceder deriva de errores en el procedimiento jurídico, los ministros reconocieron la necesidad de que los integrantes del Congreso del Estado de Veracruz legislen a favor de las mujeres y sus derechos humanos y con miras a prevenir, eliminar y erradicar la violencia y los actos de discriminación en su contra.
“Dadas las obligaciones contraídas por el Estado mexicano, sí existe una obligación legislativa que llama al estado de Veracruz a reformar sus normas penales con relación a la interrupción del embarazo. Los tratados internacionales son claros y categóricos, existe una obligación inmediata de reformar aquellas normas que sean discriminatorias y/o sean fuentes de violencia en contra de las mujeres”, sostuvo el ministro Juan Luis González Alcántara.
Por su parte, la ministra Norma Lucía Piña explicó: “Comparto que existen tratados internacionales obligatorios para el Estado mexicano y que buscan proteger a la mujer y eliminar toda forma de violencia. […] pero me gustaría aclarar que en la Primera Sala no hay precedentes de omisiones legislativas. […] Yo no me voy a pronunciar en cuanto al fondo de la inconstitucionalidad de las normas que establecen esas causales, sino voy a ir exactamente en contra del proyecto por el tratamiento que se le da.”
Al respecto, cabe recordar que El Comité de la Convención sobre la Eliminación de toda forma de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) estableció recomendaciones a los Estados firmantes para armonizar sus legislaciones federales y estatales relativas al aborto, así como aplicar una estrategia amplia que incluya el acceso efectivo a procedimientos de aborto seguro. “Los Estados Partes también deben enmendar la legislación que castigue el aborto a fin de abolir las medidas punitivas impuestas a mujeres que se hayan sometido a abortos”.
Dado lo anterior es falso que las y los ministros de la Primera Sala se hayan pronunciado en contra de la despenalización del aborto por la sencilla razón de que el tema no llegó a ser discutido. Para concluir vale la pena recordarles a quienes dicen lo contrario que en mayo de 2019 fue precisamente la Primera Sala de la Corte la que por unanimidad concedió el amparo A R 1388 2015 a Marisa una mujer a quien se le negó un aborto cuando su salud estaba en riesgo.
Con información de IPAS CAM y Rebeca Ramos, Directora de GIRE en nota publicada en el periódico Reforma el 31 de julio de 2020.